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COMENTARIOS DEL DECRETO 920 DE 2023

Mediante la promulgación de este Decreto se establecen Disposiciones aplicables al Régimen Sancionatorio, al Decomiso y al Procedimiento Aduanero, del mismo modo se crean figuras como “EL DERECHO AL ERROR”, se dejan tipos en Blanco, y se desarrolla el Sistema de Sanciones y Reglas Aduaneras.

Al respecto menciona la Entidad

OBJETIVOS

 

·         Ampliar las garantías procesales para los usuarios aduaneros.

·         Hacer compatible el Régimen Sancionatorio atendiendo la dinámica logística del comercio internacional contenida en las disposiciones aduaneras.

·         Expedición de Régimen Sancionatorio Aduanero con base en la Sentencia 441 de 2021 y las facultades extraordinarias dadas por la Ley 2277 de 2022.

 

GARANTIAS PROCESALES

 

1.    Creación del Comité de Revisión de Aprehensiones: Se genera un espacio opcional en el cual poder discutir la aplicación de las causales de Aprehensión.

2.    Auditoria Posterior al Despacho: Esto de acuerdo con los estándares de la OMA y la OMC.

3.    Criterios para la aplicación de las suspensiones y cancelaciones: Con el fin de garantizar los principios Constitucionales de Tipicidad y Debido Proceso.

4.    Procedimiento Abreviado: Para la Aplicación de sanciones referentes a las Infracciones Leves.

5.    Jurisdicción Contenciosa Administrativa: Facultad para prescindir del recurso de Reconsideración y acudir directamente ante la Jurisdicción.

6.    Sanción mínima: Correspondiente a 10 UVT.

7.    Amonestación: Se establece esta Sanción en aras de cumplir con el Principio de la Proporcionalidad.

8.    Medida Cautelar de Retención Temporal: Se desestima esta medida y se permite una segunda visita.

9.    Defensor del Contribuyente: Se instituye como apoyo dentro de los comités de aprehensión.

10. Derecho al Error: Primera infracción leve sancionada por multa no será sancionada.

11. Categorización de las sanciones y los usuarios aduaneros.

 

Con la entrada en vigencia del Decreto de 920 el pasado 09 de junio de 2023 se busca el establecimiento e implementación de un Régimen Sancionatorio Aduanero garantista, que permita la eliminación de Operaciones innecesarias que generan mayores costos para la Administración y no cumplen con los objetivos de los controles y procedimientos.


JOHAN RICARDO SILVA SOLER

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